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Ing Ag Agribusiness Consultant ex -RRII Bunge CiaraCec/ Carbio/Argentrigo/Asagir/Camara Puertos Priv/ Camara Arbitral BA / Bolsa de Cereales Buenos Aires.

Joined May 2014
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Quiero comunicarles q me estoy desvinculando de Bunge Arg., terminando hoy un viaje de 24 años donde me enriquecí profesional y humanamente con el intercambio con muchas personas externas e internas a las cuales quiero dar mi reconocimiento y gracias !! Hasta siempre ! Fin
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😳😳 El tamaño 😳😳 Un descomunal sistema convectivo con tormentas severas se gesta sobre el Norte de Argentina. Se registran acumulados cercanos a los 200 mm en zonas de Corrientes, además de ráfagas y granizo Otros millones de litros que se suman al caudal del Río Paraná.
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Good morning, Europe. While you were sleeping, Democrats made sweeping gains in the US midterms, taking control of the House of Representatives and Senate in a stunning rebuke to Donald Trump. Watch how the results unfolded across the country ft.trib.al/Zmn8aTr
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7 day precip accumulations for Brazil. Crop conditions off to a great start. Partly why we’re seeing continued downward pressure in beans. 🌱 🇧🇷
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🌽StoneX now estimates U.S. corn yield at 183.1 bpa, above USDA's 181.2 and well above earlier market ideas in the mid-170s after summer heat and excessive rainfall raised concerns. FYI: final corn yield was lower than StoneX's November estimate in 11 of the last 15 years.
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Alan querido, quedó de un borrador viejo. Se va a retirar!
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🚨 ATENCIÓN: EL GOBIERNO PROPONE GRAVAR EN GANANCIAS LOS RESULTADOS DE LA VENTA DE CEDEAR 📉 El proyecto de Ley de Competitividad Financiera, enviado al Congreso el 2 de noviembre de 2026, propone modificar el tratamiento impositivo de los Certificados de Depósito Argentinos (CEDEAR). 💰 ¿QUÉ CAMBIARÍA? Actualmente, los resultados de la compraventa de CEDEAR que cumplen los requisitos legales se encuentran exentos del Impuesto a las Ganancias para personas humanas residentes en Argentina. 📊 Con la reforma, los CEDEAR adquiridos desde el 31 de octubre de 2026 pasarían a recibir el mismo tratamiento fiscal que los activos extranjeros que representan. ⚠️ Esto significa que las ganancias obtenidas por su venta podrían quedar gravadas, aun cuando los certificados se negocien en el mercado argentino. 📅 ¿QUÉ PASARÍA CON LOS CEDEAR COMPRADOS ANTES DEL 31 DE OCTUBRE? La modificación propuesta distingue los certificados según su fecha de adquisición. Los adquiridos antes de esa fecha conservarían el tratamiento previsto por el régimen anterior, en las condiciones que establece la legislación aplicable. 🏦 ¿SE GRAVARÍA LA TENENCIA? No. El cambio propuesto se refiere al tratamiento de los resultados obtenidos por la enajenación de los certificados y no establece, por sí mismo, un impuesto a su mera tenencia. 📌 ¿YA ESTÁ VIGENTE? No. La modificación forma parte del proyecto de Ley de Competitividad Financiera (Expediente 0012-PE-2026) y requiere aprobación del Congreso. 🔎 En síntesis: la iniciativa busca eliminar el tratamiento exento automático de los CEDEAR adquiridos desde el 31 de octubre de 2026, vinculando su imposición al tratamiento fiscal del activo extranjero subyacente.
🚨🚨 AHORA | EL GOBIERNO ENVIÓ AL CONGRESO UN PROYECTO DE LEY DE COMPETITIVIDAD FINANCIERA CON CAMBIOS EN GANANCIAS, INVERSIONES Y MERCADO DE CAPITALES 🏛️ El Poder Ejecutivo presentó en la Cámara de Diputados una iniciativa que propone modificar el tratamiento impositivo de determinadas inversiones, ampliar los instrumentos de financiamiento y modernizar el régimen de garantías. 💰 PRINCIPALES CAMBIOS TRIBUTARIOS 📉 CEDEAR: podrían quedar gravados en Ganancias. Los certificados adquiridos desde el 31 de octubre de 2026 dejarían de contar con una exención automática y recibirían el mismo tratamiento fiscal que los activos extranjeros subyacentes. En consecuencia, los resultados de su compraventa podrían quedar alcanzados por el impuesto. 🌎 Fondos comunes de inversión: se limitaría la exención en Ganancias para los fondos que inviertan mayoritariamente en activos del exterior. 🏠 Inversiones inmobiliarias: se ampliarían los beneficios fiscales para fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros destinados a viviendas y créditos hipotecarios. 🏗️ Aportes de inmuebles: se permitiría diferir el pago del Impuesto a las Ganancias por aportes de inmuebles a determinados vehículos de inversión hasta el rescate o liquidación de las participaciones recibidas. 📑 Obligaciones negociables: se ampliaría la exención del Impuesto de Sellos para operaciones de canje, reestructuración y refinanciación. 🌐 Inversores del exterior: se modificaría el tratamiento tributario de determinadas inversiones, con restricciones para beneficiarios de jurisdicciones no cooperantes. 📊 PRINCIPALES CAMBIOS FINANCIEROS 📈 Pagarés: podrían incorporar cláusulas de actualización por índices y obligaciones de entrega de productos agrícolas, industriales y otros bienes. 💳 Tarjetas de crédito: se crearían títulos electrónicos negociables que permitirían a los comercios anticipar el cobro de sus ventas. 🏦 Plazos fijos: los certificados constituidos a 365 días o más podrían negociarse en el mercado de capitales, otorgando mayor liquidez a estas inversiones. 🔗 Tokenización de activos: se habilitaría la emisión, representación y negociación digital de valores negociables mediante tecnologías de registros distribuidos. 🏢 Financiamiento PyME: se flexibilizaría la negociación de facturas de crédito electrónicas, cheques, pagarés y otros instrumentos, incluyendo operaciones mediante plataformas digitales. 📊 Fondos comunes de inversión: podrían incorporar activos virtuales a sus carteras bajo las condiciones que establezca la Comisión Nacional de Valores (CNV). 🔐 Nuevo sistema de garantías: se crearía un Sistema Federal de Registro de Garantías y se ampliarían los activos que pueden utilizarse como respaldo de créditos, incluyendo activos digitales, participaciones societarias y flujos futuros. 🏛️ BCRA: asumiría competencias como autoridad de aplicación de los regímenes de Sociedades de Garantía Recíproca y Factura de Crédito Electrónica MiPyME. 📌 Proyecto de Ley de Competitividad Financiera — Expediente 0012-PE-2026, ingresado a la Cámara de Diputados el 2 de noviembre de 2026. 👉🏼 hcdn.gob.ar/proyectos/detall…
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atenti...no repitan errores del pasado de gravar renta financiera,,,
🚨 ATENCIÓN INVERSORES EN CEDEAR Según Infobae, el Gobierno envió al Congreso una reforma que podría gravar con el 15% las ganancias por compraventa de CEDEAR. De aprobarse, sería un verdadero desastre para el mercado de capitales argentino. Por ahora es solo un proyecto y requiere aprobación del Congreso. ¿Queremos fomentar la inversión o castigar al que ahorra e invierte? Fuente: Infobae, 03/11/2026.
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(5) Double-digit food inflation for 2026-27; Brazil vote rattles grain, beef markets | LinkedIn
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coincido 100% @matiaslongoni Mariano Galíndez es uno de los periodistas q mejor entiende el mercado argentino de granos y sus actores: Por eso puede afirmar q “el productor tiene que seguir madurando comercialmente para protegerse” via @bichosdecampo bichosdecampo.com/mariano-ga…
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